Nuevo registro de exportación de carne: ¿qué tener en cuenta?
Ya rige un nuevo registro de exportación de carne puesto en marcha por el gobierno. De este modo, se suma un nuevo cambio para estos registros que siempre están atentos a las coyunturas. En esta nota te vamos a contar todo lo que tenes que saber si quieres efectuar una exportación de este tipo en 2021.
Índice del artículo
Las razones de un nuevo registro de exportación de carne
El gobierno nacional puso en marcha este nuevo régimen para la exportación de carne con el fin de “extremar las medidas destinadas a la preservación, fortalecimiento y sustentabilidad del mercado interno particularmente en lo que hace a la producción de alimentos de primera necesidad”. Así, se oficializa una confirmación de lo que estaba esperando el sector: un endurecimiento en el control de las exportaciones de carne.
Lee también: Se eliminarán retenciones a las exportaciones de servicios desde 2022
“Las exportaciones de los productos cárnicos y sus subproductos, estarán sujetas a la registración previa de una Declaración Jurada de Operaciones de Exportación de Carne (DJEC)”, señala el artículo 1° de una resolución conjunta dada a conocer por los ministerios de Desarrollo Productivo y de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación.
¿Cómo funciona el nuevo régimen de exportación de carne?
En la práctica, nos encontramos con un esquema similar al que funcionó desde principios de milenio hasta el 2015. A través de una declaración jurada, se vuelven a extremar las informaciones requeridas para la exportación que quiere hacerse. En ésta se abarcará “carne fresca, refrigerada o congelada de las especies bovina, porcina, ovina, caprina, equina y Gallus domesticus”. Entre los ítems que hay que informar nos encontramos con:
A. Período de embarque de la mercadería.
B. Datos identificatorios del exportador.
C. Tipo de mercadería (deberá aclararse partida arancelaria, Certificación Sanitaria, Categoría de animal).
D. Tipo de carga: enfriada o congelada.
E. Volumen de venta en toneladas.
F. Precio FOB Oficial.
G. Fecha de cierre de venta.
H. Informar si es sujeto obligado de informar en el Sistema Informático para la Implementación de Políticas de Reactivación Económica (Sipre). En caso que no sea sujeto obligado y sea productor interno, deberá informar el volumen de lo comercializado en el mercado interno en los últimos dos meses.
I. Datos identificatorios del comprador incluyendo:
I.1. Denominación.
I.2. Tipo societario.
I.3. Domicilio.
I.4. País.
I.5. Código de identificación tributaria del comprador en dicho país.
I.6. Si se trata de intermediario o destinatario final.
J. País de destino de la mercadería (podrá indicarse “indeterminado” al momento de la registración con cargo de completarlo al cierre de la operación).
Nuevas comisiones de control
Además, la intervención estatal se profundiza. La Secretaría de Comercio Interior tiene potestad ahora aumentar los requerimientos de información libremente. En el boletín oficial se expresa que:
“Puede requerir a los sujetos obligados por el presente régimen, por intermedio de la Autoridad de Aplicación, toda documentación respaldatoria o información complementaria en relación a la finalidad expuesta”.
Habrá también una comisión que podrá fijar “precios mínimo de referencia para las exportaciones”. Será la “Comisión Mixta de Seguimiento”, y su fines relevar y proponer precios mínimos de referencia para las exportaciones. Dichos precios serán reevaluados periódicamente siguiendo la evolución de los precios y las coyunturas económicas.
Lee también: ¿Qué son los Certificados de Importación y para qué se utilizan?
También se creó una “Comisión Mixta de Fiscalización” que se reúne periódicamente para verificar el cumplimiento de la medida. ¿Qué pasa si detectan casos de incumplimientos? El boletín es claro:
«Darán lugar a la suspensión inmediata del operador del Ruca con independencia de las sanciones que les pudieran corresponder a los infractores por aplicación de las diferentes normativas involucradas”.
Como sabrás, con «operador del Ruca» se refieren a quien esté registrado ante el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroalimentaria (RUCA). Entonces estamos ante un representante clave en las exportaciones de carne, que puede ser suspendido, multado o sancionado.
Trabajar con esta nueva modalidad
Los cambios en la exportación de carne no son extremadamente complejos, sobre todo si tenes un asesor de confianza. Para ello, lo mejor es que te pongas en contacto con E-Comex. Su equipo conformado por los mejores expertos en comercio exterior podrá ayudarte a seguir al pie de la letra la ley. A la vez, paralelamente, te asesorará para tomar las mejores decisiones con respecto a estas restricciones. De este modo, podrán reducir el impacto que puedan tener en tus ganancias.
Buenas tardes, me comunico ya que estoy haciendo un análisis para importar desde Argentina y exportar un producto. Debe ser un país del MERCOSUR.
Quería solicitar consejos, para la exportación el mismo debe tener un componente importado.
Si me pueden recomendar un país y producto les agradeceria. También es necesaria la Posición arancelaria y el Tratamiento Arancelario y Pararancelario.
Saludos
Hola, gracias por tu consulta.
En breve nos comunicaremos con vos vía mail para ayudarte, verificá en SPAM o correo no deseado.
Saludos.
Seguinos en Instagram: @importarenargentina https://www.instagram.com/importarenargentina/