Importar un producto. ¿Cuáles son los pasos a seguir?

Importar un producto. ¿Cuáles son los pasos a seguir?

Importar un producto en Argentina es un proceso complejo, como en todo el mundo. Se debe a que hay muchas reglamentaciones por cumplir. Sin embargo, a pesar de las dificultades, hay incentivos, descuentos y exenciones impositivas por ingresar productos al país.  Para saber cómo realizar una importación se debe analizar cada caso en particular. Por ejemplo, algunos productos requieren autorizaciones especiales de organismos como el SENASA o la ANMAT. En tanto, se pueden utilizar distintos regímenes, como el envío puerta a puerta. Si estás listo para el desafío de importar, en esta guía te explicamos los pasos a seguir.

Preguntas a hacerse antes de importar un producto

Los requisitos para importar un producto pueden clasificarse en dos grupos: las condiciones que debe cumplir el importador y las del producto en sí. Es importante saber que no se agotan simplemente en lo que dispone el Código Aduanero, sino que hay una gran cantidad de resoluciones de la AFIP que también se deben tener en cuenta.

Por este motivo, lo primero que se recomienda es realizar un análisis riguroso acerca de la verdadera necesidad de importar un producto: ¿por qué y para qué se quiere importar? Frente a los requisitos, a veces el negocio de importar un producto no es tan brillante como parece.

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Por otra parte, es importante saber cantidades y frecuencia de la importación. ¿Se importará por única vez, algunas veces al año o se trata de una importación frecuente? ¿Qué volumen e importe? Es necesario, ya que esto determinará el régimen de importación a elegir y, por lo tanto, los requisitos a cumplir por el importador.

Por ejemplo, si se va a importar un producto una vez al año se puede inscribir como importador no habitual, sin necesidad de garantizar actuación ante la Aduana. En tanto, el régimen de Courier no exige inscribirse como importador o exportador.

Por último, se debe analizar la situación ante la AFIP. Los monotributistas deberán cambiar de categoría ya que, por la ley, no tienen permitido importar.

Dicho todo esto, veamos en primer lugar las condiciones que deben cumplir importador y producto para realizar la operación.

Primer paso. Requisitos automáticos y no automáticos para importar un producto

El primer paso es verificar si el futuro importador cumple con los requisitos para importar un producto. Éstos se encuentran detallados en el Código Aduanero. Los requisitos se agrupan en dos grandes categorías: automáticos o generales y no automáticos o particulares.

Requisitos automáticos

Si falta alguno no se puede iniciar el trámite para importar un producto hasta no subsanarlo. Son los siguientes:

  1. Estar inscripto en el registro de importadores y exportadores.
  2. Tener el alta en los impuestos al valor agregado o ganacias o en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes. Además, tener clave fiscal y declarar domicilio.
  3. No encontrarse en estado de falencia, es decir, quebrado o concursado.
  4. Registrar la firma, foto y huella dactilar de manera digital.
  5. No tener antecedentes en el registro de infractores.
  6. Las personas jurídicas deben declarar los socios e integrantes de los órganos de administración y fiscalización en vigencia.

Requisitos no automáticos

También llamados requisitos particulares, son:

  1. Acreditar solvencia económica o constituir una garantía.
  2. Estar adherido al SICNEA (Sistema de Consulta y Notificaciones Aduaneras).
  3. Declaración jurada de no estar alcanzado por los supuestos del artículo 94, parte 1, inciso d de la Ley 22.415. Esta ley es el Código Aduanero. Los supuestos incluyen entre otras variables no haber sido condenado por un delito aduanero, impositivo o provisional, no estar procesado judicialmente o sumariado ante la AFIP entre muchos otros.
  4. Certificado de antecedentes expedido por el RNR (Registro Nacional de Reincidencia).

Segundo paso: comprobar la viabilidad legal y características del producto

Antes de importar un producto, el futuro importador debe asegurarse de que es factible su importación, es decir que no esté prohibida.

Además, se debe verificar a qué tipo de licencia está sujeto: automática o no automática. También, si previamente a la importación se requiere la intervención de algún organismo. Las intervenciones previas implican la participación de un organismo de control.

La AFIP, mediante diferentes resoluciones, determina qué posiciones arancelarias deben ser intervenidas previamente. Cada organismo tiene sus propias modalidades y requisitos así como plazos para la emisión de certificados o autorizaciones.  Los principales organismos de intervención previa son:

  • ANMAT.
  • Secretaría de Salud del Ministerio de Salud y Acción Social.
  • Dirección de Fauna y Flora Silvestre.
  • Dirección Nacional de Recursos Naturales.
  • INAL (para alimentos para consumo humano).
  • SENASA.
  • SEDRONAR.

Tercer paso: elección del régimen de importación

Una vez comprobado que tanto el importador como el producto cumplen con los requisitos exigidos, se debe seleccionar el régimen de importación. Los regímenes vigentes para importar un producto son:

Puerta a puerta

Para personas humanas que ingresen mercaderías cuyo valor de compra no supere los 3.000 dólares. Las mercaderías deben ser para uso personal, sin finalidad comercial, lo cual será evaluado por el servicio aduanero. El peso máximo es de 20 Kg. por paquete. No se requiere inscripción en el registro aduanero.

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Courier

Comprende tres tipos de envíos:

  1. Régimen simplificado. Para mercancías con finalidad comercial, que no excedan los 1.000 dólares por vuelo, peso total hasta 50 Kg. y valor de la mercadería no mayor de 1.000 dólares.
  2. Pequeños envíos. Aplica a productos que no presuman finalidad comercial, hasta tres unidades de la misma especie, con un peso no mayor de 50 Kg. y valor igual o menor a 1.000 dólares por vuelo. Puede utilizarse hasta cinco veces por año por persona.
  3. Régimen MiPyme. Opera para envíos de un peso no mayor a 50 Kg. y valuación hasta 1.000 dólares por vuelo. Es para importar un producto que favorezca la producción del sector implicado. Se requiere certificado de acreditación de la condición MyPyme e inscripción en el registro correspondiente. Puede utilizarse hasta cinco veces por año por destinatario.

Régimen general

Opera para todos los demás casos de importación.

Cuarto paso: importar un producto en el régimen general

Una vez analizado todo lo anterior y tomada la decisión de importar un producto se debe hacer lo siguiente:

Antes de concretar la operación

  • Comprobar que se cuenta con toda la documentación correspondiente y solicitar la inscripción en el Registro de Importadores y Exportadores de la Argentina. Se realiza ante la AFIP.
  • Informar la operación a la Secretaría de Comercio y AFIP. Esta información es recogida por los organismos involucrados, los que deben pronunciarse en un plazo de 10 días.
  • Encontrar el proveedor del producto y establecer los términos del acuerdo comercial. Es decir, seleccionar los Incoterms. En las importaciones la más habitual es la cláusula FOB.

Solicitud de importación

  • Contratar los servicios de un despachante de aduana. Este especialista es el encargado de realizar todas las diligencias de la importación ante el servicio aduanero. Su participación es obligatoria en el caso de personas de existencia visible. En cambio, puede prescindirse de éste cuando las gestiones se realicen de manera personal por el importador o en el caso de personas de existencia ideal.
  • Si corresponde, realizar la solicitud de importación ante el SIRA.
  • Cinco días antes de la llegada del buque, o cuatro horas antes de la llegada del avión, presentar un Manifiesto de Carga a través del sistema aduanero electrónico.

Arribo de las mercancías

  • Para el retiro de las mercancías, presentar una Declaración de Importación Aduanera acompañada por la factura comercial, declaración de valor en aduana y documento de flete respectivo. Si la mercancía arriba por barco se debe presentar un conocimiento de embarque. En tanto, si llegan por avión será una carta de porte aéreo.
  • Presentar toda otra documentación que se solicite, como permiso de importación o certificado de origen.
  • Esperar los controles aduaneros correspondientes de acuerdo al canal de liquidación asignado. Abonar las cargas correspondientes.

Leé también: Clasificación arancelaria

Hasta acá llegamos con la nota «Importar un producto. ¿Cuáles son los pasos a seguir?». Esperamos te haya sido útil. Recordá que en Cómo importar en Argentina somos especialistas en soluciones innovadoras en comercio exterior. Contactanos para más información.

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  1. No me queda claro el régimen Courier bajo la modalidad de régimen simplificado. ¿Puede una persona física importar bajo esta modalidad sin estar inscrito como importador? ¿Es necesaria la intervención de un despachante de aduana en este régimen? Cuando habla de USD 1000 por vuelo, ¿Esto significa que se pueden hacer varias compras en un año?

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