¿En qué consiste el régimen de equipaje en Argentina?
Es necesario tener en cuenta las normas en cuanto al equipaje a la hora de viajar, seguí leyendo para saber en qué consiste el régimen de equipaje en Argentina.
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Régimen de equipaje en argentina
El régimen de equipaje en Argentina se encuentra regulado en nuestro país por el Código Aduanero Argentino por la Resolución N° 3751/94 dictada por la Administración General de Aduanas y sus modificatorias y por un conjunto de otras normas que se encargan de aspectos más específicos como la Resol. Gral. AFIP 2834/2010.
El término equipaje comprende todos los efectos nuevos o usados que un viajero, en consideración a las circunstancias de su viaje, pudiere razonablemente utilizar para su uso o consumo personal o bien para ser obsequiados, siempre que por la cantidad, calidad, variedad y valor no permitieren presumir que se importan o exportan con fines comerciales o industriales (art. 489 del C.A.). Estos efectos son considerados mercaderías.
El servicio aduanero posee amplias facultades para revisar el equipaje de los viajeros, mediante el ejercicio del control que tiene sobre el ingreso y egreso de las mercaderías. La Instrucción General de AFIP 3/2010 establece que el control sobre el equipaje deberá ser ejercido únicamente en las zonas de revisión establecidas.
¿Cuáles son los tipos de equipaje?
- Equipaje acompañado: lo componen los efectos que viajan en el mismo medio de transporte que lo hace el viajero. El viajero que transporta como parte de su equipaje acompañado, bienes originarios de terceros países, deberá declararlos y exhibirlos con anterioridad a su salida hacia el exterior ante el servicio aduanero, mediante su registración en el Formulario A.F.I.P. OM 121.
Quienes viajen al exterior con filmadoras, cámaras fotográficas y computadoras portátiles o cualquier otro elemento importado tienen que declarar esos elementos al cruzar la frontera y al regresar presentar el comprobante correspondiente ante el guarda aduanero.
- Equipaje no acompañado: son aquellas mercancías que forman parte del equipaje de un viajero y que llegan al país por un medio de transporte diferente a él.
El equipaje no acompañado debe ingresar siempre dentro de los seis meses posteriores al arribo efectivo del viajero o hasta tres meses antes. Tiene que Llegar en condición de carga y su despacho puede ser efectuado por el propio interesado o por su representante debidamente autorizado.
¿Cuáles son las disposiciones comunes para ambos tipos de equipaje?
Está prohibido declarar como propios equipajes de terceros o encargarse, por cuenta de personas que no viajen a bordo, de conducir e introducir efectos que no les pertenezcan, excepto aquellos efectos personales en uso de los residentes en el territorio aduanero que hubieran fallecido en el exterior.
En principio, las prohibiciones de carácter económico no se aplican sobre los efectos que se consideran equipaje.
Cuando se solicite ingresar los siguientes productos será obligatoria la intervención del SENASA:
a) Frutas, plantas, flores, vegetales y sus partes, semillas, raíces, bulbos, rizomas y tierra.
b) Animales vivos, carnes, productos lácteos, apícolas, semen, productos biológicos veterinarios y alimentos para animales.
Franquicias en el ingreso de la mercadería
El equipaje acompañado de todas las categorías de viajeros relativos a ropas y objetos de uso personal, libros, folletos y periódicos, está libre del pago de gravámenes.
Para el resto del equipaje acompañado existen actualmente dos tipos de franquicias:
La franquicia para el ingreso de aquellos objetos dentro del concepto de equipaje, pero que no son ropas y objetos de uso personal, libros, folletos y periódicos. En este caso si el viajero ingresa por vía aérea o marítima la exención tributaria contempla un límite de U$S 300 o su equivalente en otra moneda.
Si el viajero ingresa por vía terrestre el monto máximo de la exención que establece la normativa es de U$S 150 o su equivalente en otra moneda.
Franquicia para la compra en tiendas libres (free shops). Los viajeros gozarán de una franquicia adicional, respecto de los bienes adquiridos en tiendas libres (free shops) de llegada. El valor de la misma al ingresar por vía aérea y marítima es de U$S 500 (*) o su equivalente en otra moneda.
Es muy importante tomar en cuenta el régimen de equipaje en Argentina a la hora de viajar. De esta manera, se evitará problemas con el equipaje en el aeropuerto.
Hola ..una amiga viene a quedarse un tiempo y envia un equipaje con sus cosas personales por anticipación..que costo de ingreso tiene..??
Hola, gracias por tu consulta.
En breve nos comunicaremos con vos vía mail para ayudarte, verificá en SPAM o correo no deseado.
Saludos.
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Vivo en argentina hace 2 años y una amiga viene a visitarme trayendo 6 discos de vinilo que dejé en su casa hace años, podría tener problemas al ingresar al país? ella llega por avión. Gracias por la respuesta!
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Recientemente me he mudado de regreso a Argentina. Ya recibi un container via maritima.
Ahora me van a enviar, por via aerea, algo que falto cargar originalmente.
Es una cama para armar que tiene un valor FOB de aproximadamente USD 280.00
Estuve leyendo que puedo hacer el tramite de despacho sin necesidad de un despachante.
Como soy jubilado y tengo tiempo libre (y poco dinero), querria probar a hacerlo por mi cuenta.
Me podrian informar cuales serian los pasos y de los pros y contras?
AGradecido desde ya, espero sus noticas. Atentos saludos, Rafael Vilaseca
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