Retenciones a las exportaciones: Todo lo que debes saber

Retenciones a las exportaciones: Todo lo que debes saber

Las retenciones a las exportaciones son una clase de impuestos del estado argentino, que replica medidas tributarias proteccionistas. Se cobran a los bienes exportados, y en algunos casos a los servicios que los residentes prestan a los no residentes. Su historia llega al siglo XIX, y es siempre cambiante. ¡En esta nota te contamos todo lo que tenés que saber!

¿Qué son las retenciones a las exportaciones?

Para comenzar, vamos a explicar que algunos países aplican de manera transitoria las retenciones a las exportaciones. Su fin, técnicamente, es atenuar el traslado a los precios del mercado interno de una fuerte suba en la plaza internacional. Por ejemplo, es conocida la crisis que sucedió con el petróleo, y las inabarcables brechas de desigualdad que generó.

Mira también: Se eliminarán retenciones a las exportaciones de servicios desde 2022

retenciones a las exportaciones

Además, los diferentes impuestos que aplican los distintos gobiernos se imponen sobre el comercio de varios productos. Su forma de aplicación también es variable. Pueden ser aplicados como un porcentaje del valor del producto (impuesto ad valorem) o como una tasa fija sobre una unidad física del producto (impuesto específico).

Así mismo, el impuesto ad valoren puede ser fijo: se aplica un porcentaje fijo sobre el precio de exportación o móvil. Es decir, el porcentaje varía en el mismo sentido que lo hacen las cotizaciones de los productos exportables. Por otra parte, en el caso argentino, la instrumentación de este impuesto es ad valorem y por ahora fijo. Sin embargo, tuvimos un tiempo en que este impuesto ad valoren fue móvil para la soja y el girasol.

Estado actual de las retenciones

Para la agricultura, ganadería y alimentos

Mediante un decreto que se publicó el 30 de diciembre del 2020, el Gobierno introdujo nuevos cambios en las retenciones a las exportaciones de diversos productos del sector agropecuario. En otras palabras, se modifica alícuotas de derechos de exportación para ciertos productos de las siguientes cadenas enumeradas por el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca:

  • Ovina
  • Caprina
  • Huevos
  • Acuicultura
  • Apícola
  • Productos hortícolas (tomate, pimientos, cebolla, ajos, puerros, esparrago, etc.)
  • Hongos
  • Olivícola
  • Maíz pisingallo
  • Legumbres
  • Papa y mandioca
  • Frutos secos
  • Frutas tropicales
  • Cítricos dulces
  • Cítricos
  • Uva en fresco y pasas de uva
  • Cucurbitáceas
  • Frutas de carozo
  • Frutas finas
  • Peras y manzanas
  • Infusiones (te, yerba mate)
  • Semillas
  • Quínoa
  • Especies
  • Alfalfa
  • Alimentos en base a frutas
  • Jugos de frutas
  • Aceites y esencias de cítricos

Por ejemplo, el decreto recorta y deja en 0% las retenciones del sector olivícola, miel, frutas desecadas, frutas frescas y secas, frutas procesadas en conserva, alfalfa, yerba mate, té, yemas de huevos. En general, se hace para beneficiar a las economías regionales. Así mismo, la explicación oficial es que tienen bajo impacto en los precios internos de los alimentos.

Por otro lado, eleva a 4,5% (del 3,57% efectivo que surge del límite de $3) la retención para muchos productos lácteos, como manteca y quesos, huevo cáscara, puré de frutas, vinos, jugos de uva, alimentos balanceados para mascotas, productos del sector sucro-alcoholero.

Además, no hubo modificaciones sobre el sector foresto-industrial y el pesquero. Para otros productos, el decreto no publica ninguna alícuota. Se mantiene entonces la vigente hasta la fecha. Por ejemplo, para la soja no se informó una nueva alícuota por lo que continúa en vigencia la prevista (33%) en el Decreto 790/2020. Se puede consultar el detalle en el informe de la BCR.

Lee también: Argentina: Consejos y claves sobre impuestos a las importaciones

retenciones a las exportaciones

Mini Pymes industriales y agroindustriales, sin retenciones

En el caso de las Mini pymes de esos sectores, el decreto exime del pago de retenciones a las exportaciones a quienes exporten hasta US$ 500.000. Luego, desde ese monto y hasta el millón de dólares regirá una reducción del 50%.

Además, la medida comprende un total de 6.153 posiciones arancelarias consideradas de mayor valor agregado. Así, aplicarán para las sociedades con certificado vigente del sector industrial y agroindustrial que en 2020 exportaron menos de US$ 3 millones o que no registraron ventas al exterior.

Así mismo, este beneficio impositivo alcanza al 50% del total de mipymes exportadoras. Por eso dicha entidad, se extiende al 80% si se suman las bajas de retenciones dispuestas el año pasado, con el objetivo de promover un mayor valor agregado a los productos exportados.

Por otra parte, en función de que existen unas 200 empresas con su Certificado Pyme vencido, se permitirá iniciar el trámite de renovación para que accedan al beneficio. En el caso que realicen este trámite, el total de las empresas que pagarían menos retenciones sería de unas 4.000, un 86% del total.

Conclusiones sobre las retenciones a las exportaciones

Hay que entender que las retenciones a las exportaciones son siempre dinámicas, un impuesto que los gobiernos va modificando dependiendo de la situación. Por eso, si queres exportar, lo más recomendable es que entres en contacto con el equipo de E-Comex. Su orientación profesional podrá ayudarte a sortear de la mejor manera estos impuestos.

¿Tenés alguna consulta? ¡Dejanos tu comentario!

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